lunes, 23 de enero de 2012

Adultos que perciban pensión o subvención proveniente del ámbito público o privado, incluyendo a Essalud, no podrán acogerse a programa pensión 65


  • La Presidencia del Consejo de Ministros estableció hoy medidas complementarias para acceder a la subvención económica.

Foto: Agencia Andina

La condición del usuario del programa Pensión 65 es incompatible con las personas que perciban cualquier pensión o subvención que provenga del ámbito público o privado, incluyendo a EsSalud, o ser beneficiario de algún programa social, a excepción del Seguro Integral de Salud (SIS) y el Programa Nacional de Movilización por la Alfabetización (Pronama).

Se precisa que se tomarán en cuenta a las personas adultas mayores de 65 años de edad en condición de extrema pobreza, según los criterios del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH).

EL Decreto Supremo Nº 008-2012-PCM, publicado hoy en el diario El Peruano, refiere que la entrega de la copia de DNI y una declaración jurada son documentos indispensables para postular a este plan estatal. En caso que las personas sean analfabetas y no puedan llenar la declaración jurada, deberán estampar su huella digital.

El Sistema de Focalización de Hogares establece el padrón de personas elegibles al programa “Pensión 65” a partir de la verificación de requisitos y de su estado de supervivencia; realizará la verificación de supervivencia trimestralmente contada desde la fecha de aprobación del ingreso de los usuarios al programa.

Efectuada la verificación, el Coordinador del programa “Pensión 65” aprobará, mediante resolución, la relación bimestral de usuarios y será publicada en el portal institucional de la entidad.

Pensión 65 se implementará, de manera progresiva, en los distritos más pobres del Perú; se tomará como referencia los distritos cuyo nivel de pobreza es superior a 50% de acuerdo al mapa de pobreza 2009 del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). Los departamentos de Apurímac, Ayacucho, Huancavelica, Puno, Ica y Huánuco son prioritarios.

Lima, 23 de enero de 2012.
Oficina de Prensa e Imagen Institucional.

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1 comentario:

Anónimo dijo...

DÓNDE HA SIDO PUBLICADO EL FORMATO DE LA DECLARACION JURADA PARA PENSION 65? NO APARECE NI EN EL PERUANO NI EN LA PAGINA WEB DE LA PCM NI LA DE PENSION 65. ¿ES UNA BURLA?